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Castilla La Mancha autoriza excepcionalmente la alimentación convencional del ganado eco por la sequía

25/05/2023

El pasado 24/05/2023 se ha publicado en Castilla la Mancha la Resolución de 19/05/2023, de la Dirección General de Alimentación, por la que se establecen los requisitos y procedimiento para solicitar excepcionalmente la alimentación convencional para el ganado ecológico ante la situación catastrófica de sequía por la que se establece el mecanismo para autorizar la excepción para la  alimentación no ecológica del ganado ecológico. 

 1.Cómo solicitarlo:

Para acogerse a la excepción, los operadores titulares de explotaciones ecológicas deberán comunicarlo obligatoria e individualmente a su organismo de control, utilizando el formulario disponible en puede descargarse pinchando aquí. 

Una vez cumplimentado el formulario debe remitirlo a la siguiente dirección de correo electrónica: produccionanimal@caae.es

La Dirección General de Alimentación autorizará mediante resolución el empleo de los alimentos no ecológicos de cada solicitante y lo comunicará al correspondiente organismo de control para el seguimiento y control.

2.Requisitos:

Tercero. - Limitación de la excepción de alimentación no ecológica.

1. La excepción se aplicará a las producciones ganaderas ecológicas de las especies siguientes: bovino, equino, ovino, caprino y porcino extensivo.

2. Durante el período de excepción, se podrá permitir el uso de materias primas de origen agrícola no procedentes de la producción ecológica para alimentar a las especies antes indicadas, únicamente si están incluidas en el Catálogo de materias primas para piensos del Reglamento (UE) 68/2013 de la Comisión de 16 de enero de 2013 y siempre que se produzcan o preparen sin utilizar disolventes químicos. No podrán contener organismos modificados genéticamente ni productos derivados de ellos, siendo extensible esta prohibición a los cultivos que se aprovechen sobre el terreno.

Los alimentos susceptibles de ser autorizados podrán ser de dos tipos:

- Forrajes y paja: se podrán solicitar las cantidades que el ganado vaya a consumir en el período de excepción.

- Grano y pienso: se podrán solicitar las cantidades que el ganado vaya a consumir en el período de excepción, no debiendo superar la suma de ambos el 50 % de la cantidad total de grano y pienso ecológico y no ecológico que el ganado vaya a consumir durante el periodo de excepción.

3. Duración del periodo de excepción. La presente Resolución de autorización excepcional finalizará el 30 de noviembre de 2023.

4. Registro y supervisión. Todo operador al que la Dirección General de Alimentación autorice el empleo de los alimentos no ecológicos deberá guardar el registro documental de los suministros de alimentos no ecológicos que utilicen durante el periodo de excepción, para la posterior supervisión por parte de su organismo de control.

Para cualquier aclaración puede contactar en los siguientes teléfonos que ponemos a su disposición: en el correo electrónico produccionanimal@caae.es 

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